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Viabilidad Urbanística

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Viabilidad Urbanística
Telemático

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede cumplimentar el trámite de manera on line.

Descripción

Referencia. LD34

A través de este trámite municipal, el promotor que pretenda una actuación urbanística sujeta a proyecto técnico de obra (artículo 2.2 de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación) y a declaración responsable (artículo 155 de la Ley 9/2001, d3 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid), podrá conocer la viabilidad de dicha actuación con carácter previo a la presentación de la correspondiente declaración responsable (con proyecto completo, básico y de ejecución). Para ello, será preciso la presentación de un proyecto básico descriptivo de la actuación pretendida, que será objeto de examen por parte de los servicios técnicos municipales y posterior resolución municipal respecto de su viabilidad.
En caso de que por el Ayuntamiento se determine que la actuación pretendida y descrita en el proyecto básico es viable, para llevar a cabo la misma será preceptivo que posteriormente el promotor presente  la correspondiente declaración responsable junto con el proyecto básico y de ejecución, quedando facultado, desde ese momento, para la realización de dicha actuación urbanística.


Será de aplicación:
A.- En uso Residencial: Cambio de uso de local a vivienda.
B.- En otros usos distintos al residencial, lo será en Actividades cuyo funcionamiento este sujeto a Declaración Responsable (terciario oficinas, terciario comercial y uso industrial sujeto a DR): Nueva planta o ampliaciones.
 

3 MESES

Plan General de Ordenación Urbana.
Ordenanza de Edificación, Construcciones e Instalaciones.
• Ley 2/199, de 17 de marzo, de medidas para la calidad de la edificación.
• Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.
 

 

Ordenanza Fiscal:

Subsanación:
Al presentar la documentación, si la solicitud exigida no está completa y usted desea formalizarla, se le requerirá para que en el plazo de 10 días aporte la documentación exigida, advirtiéndole que de no hacerlo se procederá al archivo del expediente.
 

Unidad responsable:
Licencias de Obras
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