Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede cumplimentar el trámite de manera on line.
(Referencia: VP02)
El paso de vehículos es aquella parte del dominio público por donde se permite, mediante la correspondiente autorización, la entrada de vehículos desde la vía pública a un inmueble, edificado o sin edificar, y su salida desde éste, en concreto toda modificación de estructura de la acera y bordillo.
La autorización de paso de carruajes es necesaria en los siguientes casos:
• Edificios o cocheras particulares o aparcamientos individuales dentro de un aparcamiento general.
• Entrada en garajes o locales para guarda, venta, exposición reparación de vehículos, engrase lavado, etc.
• Entrada en locales comerciales o industriales para carga y descarga de mercancías.
• Accesos de emergencia (accesos para vehículos de bomberos, seguridad, protección civil, ambulancias, etc.).
• Gasolineras o estaciones de servicio.
También para la modificación de las dimensiones del paso, incluido la realización de orejetas.
Podrán solicitar la autorización para paso de carruajes:
a) Los propietarios o quienes por cualquier título válido en derecho sean poseedores legítimos de los inmuebles a que den acceso dichos pasos.
b) Las comunidades de propietarios o agrupaciones de éstas, debidamente representadas en inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal.
c) Los concesionarios, en las concesiones municipales.
IMPORTANTE:
El interesado, con carácter previo a la tramitación de la solicitud de autorización, deberá consultar con los servicios municipales de Vías Públicas, la información relacionada con la documentación del procedimiento y valoración de la ejecución.
Si desea solicitar la autorización para la instalación de un espejo panorámica en vía pública que facilite el acceso/salida de su paso de carruajes, deberá solicitarlo a través de una Instancia General.
I. Declaración de datos básicos. (únicamente en presencial)
II. Plano de planta a escala 1:500 de la obra a realizar (estado actual, estado reformado, afecciones de servicios municipales y/o de compañías.
Ill. Memoria descriptiva.
lV. Presupuesto de la obra.
V. Estudio simplificado de residuos de construcción que se prevea generar.
• Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO):
4% del presupuesto, sin IVA.
• Tasa por Licencia Urbanística.
0,9% sobre el presupuesto, con un mínimo de 26,90 euros.
• Tasa por el Control de Calidad. (Se autoliquidará cuando la zanja se realice en zona de calzada o acera).
• Escala de 0 a 5 metros lineales de zanja: 90,80 euros.
• Escala de 6 a 15 metros lineales de zanja: 15,45 euros/ml, con un máximo de 234,20 euros.
• Escala de 16 a 30 metros lineales de zanja: 13,55 euros/ml, con un máximo de 408,50 euros.
• Escala de 31 a 100 metros lineales de zanja: 8,15 euros ml, con un máximo de 816,95 euros.
• Escala de 101 a 250 metros lineales de zanja: 6,45 euros/ml, con un máximo de 1.588,55 euros.
• Escala de más de 250 metros lineales de zanja: 4,55 euros/ml.
• Si va a existir ocupación de la vía pública con contenedores y/o sacas de escombros:
• Fianza para responder de la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición que se prevea generar.
- En las altas se liquidará la placa del paso de carruajes 30,90€
Puede pagar:
• Con tarjeta bancaria, en nuestras oficinas, en el momento de realizar la autoliquidación.
• En metálico en las del Ayuntamiento de Alcobendas.
En el último supuesto, una vez abonada la solicitud-autoliquidación, deberá presentarse junto a la documentación para su registro en las oficinas del SAC o por .
Una vez se le notifique la Licencia de Obra, el interesado depositará la fianza(*) que se imponga desde los Servicios Técnicos Municipales y solicitará la preceptiva autorización de inicio de las obras.
El interesado ejecuta las obras siguiendo las condiciones técnicas y administrativas que se le indiquen en la Licencia.
Finalizada la obra, la Inspección Municipal comprobará que la ejecución de la misma ha sido correcta y, si es favorable, se procederá a la devolución de la fianza(*) depositada y a la autorización del alta/baja o modificación del paso de carruajes.
(*)Fianza para responder del coste de ejecuciones subsidiarias o del deterioro que pueda sufrir la vía pública. Con este documento se tramitará la correspondiente autoliquidación en el Servicio de Atención Ciudadana por el importe presupuestado.
En los casos de autorización de Alta de Pasos de Carruajes deberá aplicarse también la tasa por Placa.
Una vez autorizado el paso de carruajes, se les recordará la obligatoriedad de recoger en el Departamento de Vías Públicas la placa.
Consulte importe Tasa de Paso de Carruajes. Se liquidará con posterioridad.