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• Debe solicitarse antes del inicio de las obras.
• Para inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los inmuebles de su inmovilizado.
Ref. IBI01
Bonificación para familias numerosas en función del número de miembros de la familia y del valor catastral del inmueble:
(Referencia IG03)
1. Las construcciones, instalaciones u obras que previa solicitud del sujeto pasivo, sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por el Pleno de la Corporación, por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración, podrán gozar de una bonificación en la cuota del impuesto en el porcentaje que para cada caso se señala:
Ref. IBI04
Las viviendas de protección pública gozarán de una bonificación del 50% en la cuota íntegra del impuesto, durante los tres periodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva de V.P.P.
Si en la declaración de alta en el Catastro (902) Obra nueva, se aporta la Cédula de Calificación Definitiva, se entiende solicitada implícitamente.
Actividad de entrenamiento que combina movimientos y técnicas del boxeo, kickboxing y muay-thai, sin contacto, con ejercicios de fitness.