Los beneficiarios con derecho a subvención deberán enviar por correo electrónico a subvenciones@aytoalcobendas.org,
Los beneficiarios con derecho a subvención deberán enviar por correo electrónico a subvenciones@aytoalcobendas.org, fotografía del cartel cumplimentado con los datos de su empresa y la subvención concedida, en lugar visible de su establecimiento o en la página web.
-Ley 38/2003 General de Subvenciones.
-Reglamento General de Subvenciones R.D. 887/2006.
- Bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones en materia de desarrollo económico, fomento del empleo y comercio del Ayuntamiento de Alcobendas. (BOCM 28 de julio de 2014).
-Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
-Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local
-Reglamento (UE) 1407/2013 de aplicación del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimas (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013)
Correo electrónico y teléfono de ayuda
subvencionesempresas@aytoalcobendas.org 916597600 ext. 2295
La resolución definitiva se publicará en la Base Datos Nacional de Subvenciones. Además, se podrá consultar en el Tablón electrónico del Ayuntamiento de Alcobendas. Surtiendo los efectos de notificación a los interesados conforme lo establecido en el artículo 45.1 letra b de la LPAC. En ningún caso se realizará notificación individual al interesado.