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Rodaje cinematográfico y fotográfico en el dominio público

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Rodaje cinematográfico y fotográfico en el dominio público
Telemático

Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico  puede cumplimentar el trámite de manera on line.

Descripción

 

(Referencia: VP21)

Para poder efectuar un rodaje cinematográfico o fotográfico en el dominio público (vías públicas, parques y jardines municipales), destinado a la publicidad comercial, series y demás productos televisivos, se requiere solicitar una autorización. Esta autorización será necesaria tanto para rodajes con una ubicación definida, como para rodajes de carácter circulante (camera car) o sin superficie definida (ver “datos de pago” más abajo). No será necesaria la autorización del ayuntamiento para grabación de escenas y entrevistas con menos de 5 personas y en la que no se utilice equipo auxiliar ni utillaje.

Requisitos:

• Los rodajes se llevarán a cabo entre las 8 y las 23 horas. Excepcionalmente se podrá autorizar esta actividad fuera del horario establecido en zonas no residenciales.
• Respeto a la plantación y mobiliario existente.
• Limpieza del lugar una vez finalizada la actividad.
• Reposición de los daños o afecciones producidas.
• Prohibición de acceso a los parques de vehículos de peso superior a 3.500 kg.
•La zona que queda expedita a la circulación de peatones no podrá ser inferior a 1,80 m. En caso de que no se pudiera mantener dicha distancia mínima, se señalizará adecuadamente itinerario peatonal alternativo.
•En caso de que la ocupación lleve aparejado el vallado de la zona, éste será por cuenta del solicitante.

CORTE DE CALLE:
En el caso de que la ocupación necesitara corte de calle, parcial o total, se deberá indicar en la casilla correspondiente. No se tramitarán cortes de vía de manera independiente, estando siempre asociados a una ocupación temporal.

RESERVA DE TEMPORAL DE APARCAMIENTO:

. En el caso de necesitarse una reserva de aparcamiento de carácter temporal deberá tramitar el correspondiente permiso de forma independiente. 

 

 

Usted podrá realizar el trámite de forma telemática, o bien presencialmente, cumplimentando la solicitud y la autoliquidación correspondiente.

 

-Cuando el rodaje se realice sin superficie definida o con carácter circulante (en varias ubicaciones), al día o fracción: 423,75 euros.

-Cuando si exista superficie definida:
     -Hasta 100 m2/día o fracción: 370,15 euros. 
     -Por cada m2 de exceso/día o fracción: 16,90 euros.
Se entenderá por superficie ocupada, el espacio público delimitado en un perímetro máximo, incluyéndose en el mismo la superficie ocupada por maquinaria y utillaje afectos al mismo.

-Si va a existir reserva de espacio para vehículos generadores, camiones-bar, rulots y vehículos afectos a rodajes (siempre en zona de aparcamiento), deberá liquidarse las siguientes tasas (por vehículo):
     -Por un día: 155,35 euros.
     -Por dos días: 388,55 euros.
     -Por tres días: 777,05 euros.
     -Por cada día adicional a partir del tercer día, por cada día adicional: 155,35 euros.

-Si va a necesitar efectivos policiales para el rodaje deberá autoliquidarse por cada policía adscrito al servicio: 43,05 euros/hora o fracción.

La liquidación mínima por el corte de calle nunca podrá ser inferior a 16,45 euros.
Se tendrá en cuenta solamente los metros lineales de la parte de la calle cortada y no del tramo comprendido entre calle y calle, a efectos del cálculo de la cuota respectiva.
Puede consultar la categoría de la calle para la que solicita el rodaje.

Puede pagar:

• Con tarjeta bancaria en el momento de realizar la autoliquidación.
• En las del Ayuntamiento de Alcobendas.

En el último supuesto, una vez abonada la solicitud-autoliquidación, deberá presentarse junto a la documentación para su registro en las oficinas del SAC o por .

15 días

En el caso de que se varíe el día de rodaje, así como otra de las condiciones de la autorización, se deberá comunicar al Departamento de Vías Públicas mediante Instancia General.
• Si dispone DNI electrónico o un Certificado Digital válido emitido por cualquiera de las entidades de certificación del país puede consultar el estado de tramitación de su expediente y obtener una copia del contenido de los documentos relacionados.

MUY IMPORTANTE • El interesado debe señalizar el espacio concedido con placas de prohibido aparcar normalizadas (modelo R-308, con una leyenda en la que conste los días reservados y margen horario de dicha reserva y cinta de baliza a dos metros de altura siempre que sea posible y lo facilite el mobiliario urbano). La placa deberá ser aportada por el solicitante. Esta señalización debe hacerse con 48 horas de antelación a la ocupación, avisando paralelamente a la Policía Local (Teléfonos: 916544121 y 914904070). También si fuera necesaria la actuación de la Grúa Municipal para la retirada de vehículos estacionados en el lugar de la ocupación. .  

Unidad responsable:
Vías Públicas
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