El objeto de esta ordenanza es la regulación de actividades y usos especiales que puedan desarrollarse en zonas de gestión municipal y la vía pública, sobre o bajo el dominio público viario: calles, plazas, paseos, jardines o zonas libres dentro del término municipal de Alcobendas.
Queda derogada la Ordenanza de Ocupaciones del Suelo de la Vía Pública, publicada en el BOCM nº 57, de fecha 8 de marzo de 2001.
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