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Limpieza de pintadas y grafitis en fachadas de edificios privados

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Limpieza de pintadas y grafitis en fachadas de edificios privados
Telemático

•    Telemático: Si dispone de certificado digital o D.N.I. electrónico puede realizar el trámite on-line. Por favor, lea atentamente el contenido de la ficha informativa antes de realizar el trámite.

Descripción

Referencia MA01

El Ayuntamiento realizará de forma gratuita la limpieza de pintadas en las fachadas de los edificios de titularidad privada a petición de la comunidad de propietarios, o a petición de los propietarios en viviendas unifamiliares o por los  administradores en caso de empresas.

La ejecución de los trabajos de limpieza de pintadas solo será hasta una altura de 2,5 metros (en ningún caso se utilizarán andamiajes para la limpieza solicitada).

¿Quién lo puede solicitar?


-    Propietario/a del inmueble 
-    Presidente/a de la Comunidad de Propietarios
-    Administrador/a representante
 

a)    Solicitud (solo en caso presencial)
b)    Anexo I: documento informativo firmado por el solicitante sobre retirada de grafitis y pintadas en paredes, fachadas y señalizaciones, y posibles daños derivados, por el que se exime al Ayuntamiento de Alcobendas de la responsabilidad por daños que puedan derivarse de la actuación  
c)    Fotografía del grafiti y/o pintada objeto de solicitud de eliminación
d)    En caso de comunidad de vecinos, Acta de la comunidad donde al menos figura la siguiente información de forma expresa:

  • Acuerdo de aprobación por mayoría de los miembros presentes en la Junta de Propietarios de la "Solicitud de la limpieza de pintadas de las fachadas en la vía pública"
  • Datos identificativos (nombre y apellidos y documento de identidad) del Presidente y/o Administrador de la finca.
  • Fecha de la sesión de la Junta de Propietarios. 
  • Firma del Presidente y/o Administrador de la finca.

Gratuito

72 horas a partir de la tramitación de la solicitud (el plazo indicado es efectivo una vez revisada y comprobada que la documentación es correcta)

A partir de la publicación de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Servicio Público de Limpieza Viaria y Recogida de Residuos del Ayuntamiento de Alcobendas, se puede solicitar la limpieza de fachadas de edificios particulares o comunidades de propietarios, colindantes con la vía pública, teniendo en cuenta que solo se actuará hasta una altura de 2.5 m (en ningún caso se utilizará andamiajes para la limpieza solicitada). 
Debido a la gran variedad de 
-    Materiales y acabados en fachadas
-    Materiales utilizados para las pintadas y grafitis
y que los procedimientos de limpieza a utilizar son exclusivamente
-    Repintando de la zona afectada con acabado parecido al existente
-    Hidrolimpieza con aplicación de decapantes
se advierte a los solicitantes   que deben asumir los desgastes o daños que se puedan producir por la actuación y renunciar a reclamaciones futuras al Ayuntamiento, mediante la firma del documento incluido en la tramitación (anexo I).


En caso de Comunidades de Propietarios, el acta de la comunidad donde figure la autorización expresa para la solicitud de limpieza de pintadas al Ayuntamiento de Alcobendas tendrá una validez de 4 años desde la fecha de celebración de la sesión donde se apruebe. Por tanto, dicha autorización se entenderá otorgada y vigente para las solicitudes que tengan lugar dentro de esos 4 años.
 

Unidad responsable:
Medio Ambiente
Accesibilidad:
Accesible
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