Se recuerda la obligación de vacunar anualmente a los animales frente a la rabia y a la identificación de los animales que hayan cumplido los tres meses de edad. (Art. 6 Obligaciones de los propietarios o poseedores de la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid).