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La petición de la subvención estará supeditada a la existencia de la convocatoria publicada en el BOCM
Esta Ordenanza tiene por objeto la regulación de la ejecución de instalaciones en la vía pública para servicios públicos de suministros de toda clase, y de las obras y ocupaciones que ello produce tanto para el establecimiento y trazado como para la conservación, modificación, sustitución o supresión de las mismas.
El objeto de esta ordenanza es la regulación de actividades y usos especiales que puedan desarrollarse en zonas de gestión municipal y la vía pública, sobre o bajo el dominio público viario: calles, plazas, paseos, jardines o zonas libres dentro del término municipal de Alcobendas.
Queda derogada la Ordenanza de Ocupaciones del Suelo de la Vía Pública, publicada en el BOCM nº 57, de fecha 8 de marzo de 2001.
La ordenanza se dota del marco regulatorio básico que será de aplicación en los supuestos en que se haya de intervenir para la corrección de la superación de niveles sonoros ambientales en las Zonas de Protección Acústica Especial, a través de Planes Zonales de Acción, plasmando medidas específicas para la lucha contra el ruido procedente del tráfico rodado, así como del funcionamiento de las actividades de ocio nocturno.
Esta nueva norma concreta las competencias municipales, mejora y amplía la normativa existente en el municipio hasta la fecha. Resalta así la importancia de su labor presente y futura en esta materia, regulando los ámbitos de actuación municipal en dos grandes áreas: la sanidad ambiental y la higiene y seguridad alimentaria.
El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión de 28 de abril de 2015, resolvió aprobar la ordenanza de proyecto y obras de urbanización, desarrollando así la previsión normativa del artículo 32 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Transcurrido el período de información pública de la citada ordenanza, no se formuló alegación alguna, por lo que, según lo dispuesto en el artículo 204.2 del Reglamento Orgánico del Pleno de Alcobendas, quedó definitivamente adoptado el acuerdo aprobatorio hasta entonces provisional, publicándose en el B.O.C.M.
La presente ordenanza tiene por objeto regular las formas de intervención administrativa municipal en la actividad urbanística de los ciudadanos a través de los procedimientos de tramitación de los diferentes títulos habilitantes de naturaleza urbanística, en concreto las licencias y declaraciones responsables, con la finalidad de realizar la comprobación de su conformidad con la normativa general y sectorial de aplicación; así como la regulación del control de legalidad posterior y los procedimientos de las solicitudes de información urbanística en el ámbito del Ayuntamiento de Alcobe