Ayudas a personas autónomas, comercios y pequeñas empresas cuya actividad económica se desarrolle en Alcobendas.
El importe de la subvención será de hasta 3.000 €.
Gastos subvencionables:
LÍNEA 1: DIGITALIZACIÓN EMPRESARIAL:
· Gastos relacionados con la creación, desarrollo y/o mantenimiento web/ apps, marketing y publicidad on-line, redes sociales, en los que incurre la empresa para el desarrollo de su negocio.
· Gastos derivados de la pertenencia de la empresa a plataformas o iniciativas dinamizadoras de comercio electrónico que fomenten el consumo y la utilización de las tecnologías entre la ciudadanía.
· Adquisición y mantenimiento de software de gestión empresarial.
· Formación en procesos de digitalización comercial y empresarial.
LÍNEA 2: ACONDICIONAMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LOCALES COMERCIALES.
Gastos derivados de la contratación de servicios profesionales y material encaminados al embellecimiento interior y exterior. (Reformas; instalaciones eléctricas; de agua; aire y calefacción; rótulos; alarmas y sistemas de seguridad, etc.).
Decoración de cierres de los establecimientos. (Gastos derivados de intervenciones artísticas)
Consulte las bases de la convocatoria y el Anexo I de actividades que se pueden acoger a esta ayuda, en la web www.alcobendas.org.
O en el siguiente QR
El trámite electrónico para cumplimentar la solicitud se habilitará el próximo 20 de mayo.
-Ley 38/2003 General de Subvenciones.
-Reglamento General de Subvenciones R.D. 887/2006.
- Bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones en materia de desarrollo económico, fomento del empleo y comercio del Ayuntamiento de Alcobendas. (BOCM 28 de julio de 2014).
-Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local
-Ley 7/1985 Reguladora de Bases de Régimen Local
-Reglamento (UE) 1407/2013 de aplicación del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas mínimas (DOUE L352 de 24 de diciembre de 2013)
Correo electrónico y teléfono de ayuda
subvencionesempresas@alcobendas.org 916597600 ext. 2295
La resolución definitiva se publicará en la Base Datos Nacional de Subvenciones. Además, se podrá consultar en el Tablón electrónico del Ayuntamiento de Alcobendas. Surtiendo los efectos de notificación a los interesados conforme lo establecido en el artículo 45.1 letra b de la LPAC. En ningún caso se realizará notificación individual al interesado.