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Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas.

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Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas.
Telemático

•    Si dispone de certificado digital asociativo, puede cumplimentar la instancia de manera on line.

Descripción

Referencia: PA01

El Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas fue creado por el Ayuntamiento para conocer el número real de entidades existentes en el municipio, sus fines y actividad, a fin de posibilitar una adecuada política municipal de fomento del asociacionismo.

Las asociaciones que se inscriban en él podrán disfrutar de derechos y del uso de recursos municipales, además de cumplir con obligaciones como mantener sus datos actualizados en el mismo. 

Todas las posibles gestiones para la relación entre las entidades y el Registro pueden realizarse a través de la instancia on line específica. 


Las entidades que deseen inscribirse tendrán que disponer de certificado digital asociativo, presentar la documentación requerida (ver en el apartado correspondiente) y cumplir los siguientes requisitos: 

  • De manera previa a la presentación de la solicitud de alta en Alcobendas, es necesario que la entidad esté inscrita en un Registro Público de orden superior (Nacional o de la Comunidad de Madrid), y que cuente con un documento acreditativo en el que conste el número y la fecha de la inscripción.
  • Tener sede/domicilio social (que figura en los estatutos), o delegación (acordada en asamblea general) en el municipio de Alcobendas.
  • Trabajar en beneficio de las y los ciudadanos de Alcobendas, aspecto que se valorará a través de un programa de actividades.
  • Que al menos uno de los socios fundadores, o uno de los miembros de la Junta Directiva, esté empadronado en Alcobendas; o si no, la persona representante de la delegación creada en el municipio en su caso.
  • Se presentará la documentación que proceda según el trámite a realizar con el Registro.
  • La presentación será de manera telemática, a través de la Instancia on line, utilizando para ello el certificado digital asociativo.

En el caso de que el trámite sea la solicitud de inscripción en el Registro, la documentación a presentar difiere mínimamente si se trata de asociaciones o de fundaciones. 
 

ASOCIACIONES:

  • Acta Fundacional.
  • Estatutos aprobados e inscritos en el Registro Público correspondiente.
  • Documento acreditativo de inscripción en el Registro Público correspondiente (Estatal o Autonómico), en el que conste el número y fecha de inscripción.
  • Código de Identificación Fiscal.
  • Certificado del acuerdo adoptado por la Asamblea General sobre la composición de la Junta Directiva vigente y la duración de la misma, incluyendo nombres, apellidos, domicilio y DNI.
  • Certificado expedido por el secretario, con el visto bueno del presidente, del número de socios, incluyendo el de los empadronados en Alcobendas.
  • Programa de actividades del año en curso.
  • Presupuesto del año en curso.
  • Datos bancarios, en caso de tenerlos.

     En caso de delegación:

–  Acta de la Asamblea General de la asociación en la que conste el acuerdo de abrir la delegación, así como su dirección y el nombramiento y datos de la persona representante en Alcobendas.

– Copia de la resolución del Registro Público inscribiendo a la misma en Alcobendas.

 

FUNDACIONES:

  • Escritura de Constitución de la Fundación, incluyendo los Estatutos y modificaciones posteriores en su caso.
  • Documento acreditativo de la inscripción en el Registro de Fundaciones correspondiente.
  • Composición del Órgano de Gobierno actualizada, con datos de identificación.
  • Código de Identificación Fiscal.
  • En caso de delegación, acuerdo adoptado por el Patronato de la Fundación relativo a la constitución de delegaciones, su dirección y nombramiento de la persona delegada en Alcobendas, con sus datos identificativos.        
  • Plan de actuación.
  • Presupuesto del año en curso.
  • Datos bancarios, en caso de tenerlos.
     
  • Para que el Registro cuente con una imagen actualizada del asociacionismo del municipio, las entidades incluidas en él tendrán la obligación de notificar los cambios que se produzcan en los datos inscritos, dentro del mes siguiente al que se produzcan. 
  • Con este mismo fin, tendrán que renovar sus datos en las actualizaciones generales que se lleven a cabo desde el propio Registro y que se promoverán por el área competente. 
  • Las entidades también podrán mantenerse actualizadas en el Registro a través de la documentación que presenten en la convocatoria anual de subvenciones convocada por el Ayuntamiento. 
  • El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la baja de la asociación en el Registro y a la consiguiente pérdida de derechos.
  • Todas las consultas relacionadas con el Registro de Asociaciones pueden ser dirigidas al departamento de Participación Ciudadana
Unidad responsable:
Participación Ciudadana
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