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Inscripción en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas

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Inscripción en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas
Telemático

Por registro a través de Instancia general.

Descripción

Referencia: PA01

El ayuntamiento de Alcobendas, para conocer el número de asociaciones, fundaciones o entidades análogas existentes en el Municipio, así como sus fines y representatividad, a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo vecinal, ha establecido mediante decreto las normas que deberán cumplirse para la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones, Fundaciones o Entidades Análogas.

Requisitos:

• Previa a la presentación de la solicitud es necesario estar inscrita en el Registro Público correspondiente Estatal o Autonómico, aportando el documento acreditativo emitido por ese organismo en el que conste el número y fecha de la inscripción.

• Que tengan sede o delegación en el municipio de Alcobendas, entendiendo como sede el domicilio social que figura en los Estatutos.

• Que trabajen en beneficio de los ciudadanos de Alcobendas. Este aspecto se valorará a través del proyecto de actividades que se presente junto a la solicitud para su inscripción.

• Que al menos uno de los socios fundadores o miembros de la Junta Directiva estén empadronados en Alcobendas, o la persona representante de la delegación abierta en el municipio en su caso.

  • Solicitud 
  • La recogida en el apartado cuarto del decreto que regula la inscripción. (ver en normativa)

Las entidades que manifiesten su voluntad de ser inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades Análogas del Ayuntamiento de Alcobendas, presentarán la solicitud de manera telemática, contando para ello con su certificado digital asociativo y adjuntando la documentación requerida.

Con el objeto de que el Registro presente una imagen actualizada de la situación del asociacionismo del municipio, las asociaciones, fundaciones o entidades análogas inscritas en él tendrán la obligación de notificar al mismo los cambios que se produzcan en los datos inscritos, dentro del mes siguiente al que se produzcan. 


Con este mismo fin, habrán de renovar sus datos con periodicidad trienal en las actualizaciones generales que se lleven a cabo desde el Registro y que se promoverán por el área competente. 


Las entidades también podrán mantenerse actualizadas en el Registro a través de la documentación que presenten en la convocatoria anual de subvenciones convocada por el Ayuntamiento. 


El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a que el Ayuntamiento proceda a la baja de la asociación en el Registro.
 


 

Unidad responsable:
Subdirección General de Participación Ciudadana
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