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AYTO Bloque de Alertas

Decreto nº 637/2024 Actualización funciones y modificaciones Comité Ética y Antifraude
Fecha aprobación:
Descripción

DECRETO Nº: 637/2024  Fecha: 17/01/2024  Propuesta: 520543  
Dependencia: D.G. PLANIFICACIÓN, CALIDAD Y ORGANIZACIÓN
Órgano Firmante: ALCALDÍA-PRESIDENCIA Delegación por: Decreto Alcaldía nº 9686 (26/06/2023)

ASUNTO
varios

RESUMEN
ACTUALIZACION Y NOMBRAMIENTO COMPONENTES COMITÉ DE ÉTICA Y ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS.

TEXTO DEL DECRETO
Con fecha 29 de septiembre de 2021, se aprobó la Orden Ministerial HFP/1030/2021 por la que se configura el Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que establece la obligatoriedad de disponer de un Plan de Medidas Antifraude a toda entidad decisora o ejecutora que participe en la ejecución de medidas del PRTR.

El día 25 de enero 2022, se aprobó por la Junta de Gobierno el Plan de Integridad y Medidas Antifraude (PIA) y sus tres
(3)    anexos y, habida cuenta de la trascendencia de la materia que constituye el objeto del mismo, se dio cuenta en el Pleno ordinario del 24 de febrero de 2022.

Como parte integrante del Plan, se creó el Comité de Ética y Antifraude mediante decreto 5186 de 24 de marzo de 2022, cuyas funciones se renuevan mediante el presente decreto, conforme a la actualización del Código Ético del Ayuntamiento de Alcobendas llevada a cabo en noviembre de 2022, siendo éstas las siguientes:

●    Escucha activa. Atender de manera efectiva las sugerencias de mejora de la ética institucional.
●    Compromiso ético. Seguimiento y evaluación de la aplicación de los valores y principios contenidos en el código ético del Ayuntamiento, así como la revisión y mejora de su contenido y la adopción de las medidas necesarias para su difusión.
●    Asesorar sobre el cumplimiento del plan y sistema de integridad, ajustándolo a la legislación vigente.
●    Proponer acciones formativas en materia de integridad, ética, prevención del fraude y la corrupción.
●    Informar ante cualquier sospecha de fraude o irregularidad a la unidad responsable para su tramitación.
●    Tener conocimiento de las informaciones/denuncias recibidas en relación con conductas susceptibles de ser encuadradas en cualquiera de los supuestos de fraude o similares y, en su caso, del registro de los muestreos realizados, de las incidencias detectadas y de los expedientes informativos incoados, así como de la resolución de los mismos.
●    Apoyar los procesos de evaluación de riesgos, así como los procedimientos de detección y corrección.
●    Apoyar e impulsar los procesos de transparencia, apertura de datos, calidad y rendición de cuentas a los ciudadanos.

Por todo ello, tras la constitución de la nueva Corporación Municipal en junio de 2023 y la aprobación de los decretos de delegación de competencias y modificación de la estructura y organigramas municipales, se hace necesario actualizar y modificar la composición y miembros del Comité de Ética y Antifraude, estableciéndose para la secretaría y los vocales un régimen de titular/suplente. Queda como sigue:

-    Presidencia Comité: 2ª Tte. Alcalde Área de Administración y Transformación Digital.
-    Vicepresidencia del Comité: Concejal Delegada de Transformación Digital, Transparencia y Calidad.
-    Secretaría del Comité: TAE Planificación / TAE Calidad/Gestión Fondos Europeos.
-    Vocal Coordinador: Coordinador General del Ayuntamiento.
-    Vocalías:

•    Secretaría General del Pleno / Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.
•    Dirección General del Área Económica / Intervención de Contabilidad y Presupuestos.
•    Tesorería General / Recaudación Municipal.
•    Dirección General de Asesoría Jurídica / Jefatura de Asesoría Jurídica.
•    Dirección General de Contratación / Subdirección General de Contratación.
•    Dirección General de Gestión de Talento / Subdirección General de Gestión de Talento.
•    Dirección General de Informática / Subdirección General de Informática.
•    Subdirección General de Gobernanza y Excelencia / Jefatura de Planificación y Evaluación.
•    Delegado de Protección de Datos (DPD) / TAE Calidad.
•    Subdirección General de Atención Ciudadana y Servicios Generales / TAE Organización.

Finalmente, se podrá contar con personas externas a la organización, con voz pero sin voto, como expertas independientes cuando se considere necesario para el asesoramiento técnico sobre cuestiones específicas.

En cuanto a su régimen de funcionamiento y sesiones, se atenderá a lo que se acuerde por la propia Comisión. Inicialmente el Comité se reunirá dos veces al año en sesión ordinaria para impulsar el sistema, así como en cuantas sesiones extraordinarias resulte necesario.

Asimismo, se ha emitido informe favorable de la Asesoría Jurídica con fecha 17 de enero de 2024.

Por todo ello, en términos del artículo 143 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Alcobendas (ROGA) y de conformidad con el artículo 124.ñ) de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO:

PRIMERO.- Actualizar la composición del Comité de Ética y Antifraude del Ayuntamiento de Alcobendas y renovar las funciones incluidas en el Plan de Integridad y medidas Antifraude (PIA).

SEGUNDO.-  

Nombrar a:
Dª. Marta Martín García, Presidenta del Comité.
Dª. María Belén Fernández-Salinero García, Vicepresidenta del Comité.

Nombrar a:
D. José Antonio Díaz Méndez, Secretario del Comité / Dª. Petra Baeza Díaz-Cacho (suplente).

Nombrar a:
D. Sergio Rabazas Parra, Vocal Coordinador del Comité.

Nombrar como vocales del Comité a:
Dª. Gloria Rodríguez Marcos / D. Celestino Olivares Martín (suplente). Dª. Irene Mª Barrios Rodríguez / Dª. Gema Mª Arribas Martín (suplente).
D. Isidro Valenzuela Villarubia / D. Enrique García Pérez (suplente).
D. Luis Alfredo Fernández Martínez / D. Martín Mayor Barba (suplente). Dª Cristina Serrano Garcia.
D. Andreu Agustí Angelats / Dª. Mercedes Ocaña Aguirre (suplente).
D. David Pascual Sáez / Dª. Amelia Furió Altozano (suplente). Dª. Manuela Piqueras Cea / D. Lino Ramos Ferreiro (Suplente).
D. Miguel Angel Oquiñena Guerrero / Dª. Concepción Gosálvez Gutiérrez (suplente). Dª. Paloma Águila Carmona / Dª. Belén Fernández Ruiz (suplente).

TERCERO.- En caso de necesitar expertos externos a la Organización, se podrán designar entre profesionales de reconocido prestigio y currículo contrastado, con labores puntuales de asesoramiento especializado en el marco del ejercicio de las funciones del Comité, facilitando para ello la información y el soporte adecuado desde el Ayuntamiento de Alcobendas.

CUARTO.- Dar traslado de esta resolución a los miembros de la Corporación, a los órganos directivos y al conjunto de empleados municipales, así como su publicación en el portal de transparencia de la web municipal y demás medios de comunicación, así como en la intranet municipal.

El presente documento ha sido firmado electrónicamente conforme a lo previsto en el artículo 43 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
FECHA  17/01/2024
FIRMADO POR 
ROCIO GARCÍA ALCÁNTARA (ALCALDESA)
CELESTINO OLIVARES MARTIN (D.G. OFICINA JUNTA DE GOBIERNO/FEDATARIO)

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